Grabado de patentes
Grabado de patentes: ¿Cuál es el plazo máximo para marcar los vidrios y espejos del vehículo?
El pasado 14 de mayo se publicó en el Diario Oficial el reglamento final de la ley que regula el grabado de patentes en los vehículos del país.
Una ley que establece la obligatoriedad de marcar los números de la placa patente en vidrios y espejos de todos los vehículos motorizados que circulen en Chile.
El reglamento era importante para establecer los plazos hasta los que se debe hacer este trámite y las características que debe tener este grabado, por lo que ya puedes revisar el límite que tienes según tu vehículo.
¿Hasta cuándo hay plazo para hacer el grabado de patente?
Según establece la ley 21.601 que regula el grabado de patentes en Chile y su reglamento publicado el 14 de mayo, los plazos para hacer este procedimiento varían según el tipo de vehículo:
- Vehículos nuevos vendidos hasta el 15 de agosto de 2024: Tienen cuatro meses para grabar sus vidrios desde que se publicó el reglamento. Vale decir, a partir del 14 de septiembre de 2024, las automotoras deberán entregar el vehículo con la patente ya grabada a sus clientes.
- Vehículos comercializados antes del 11 de noviembre de 2023: Tienen doce meses para grabar sus vidrios desde publicado el reglamento, es decir, hasta el 14 de mayo de 2025.
El reglamento establece que no se consideran como vehículos nuevos los que fueron y serán comercializados entre 11 de noviembre de 2023 y el 14 de agosto de 2024, por lo que también tendrán el plazo hasta el 14 de mayo.
¿De cuánto es la multa por no hacer el grabado de patente en el plazo establecido?
En caso de que Carabineros o fiscalizadores del Ministerio de Transportes te descubran conduciendo sin el grabado de patente después del plazo antes mencionado, se considerará como una falta grave a la Ley de Tránsito.
Esto implica una multa de entre 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $65.901 y $98.851 al valor de la UTM de agosto de 2024.
¿Qué pasa con los autos que ya grabaron la patente en vidrios y espejos?
En el caso de los conductores que ya hicieron el grabado de patente antes de la publicación del reglamento, no tendrán que hacer nuevamente este trámite, siempre que se «permita la íntegra y correcta identificación de cada uno de los dígitos y letras de la placa patente grabada».
Este debe ser un grabado permanente, es decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.). Además, se debe aplicar en los cuatro vidrios laterales, más parabrisas, luneta trasera y espejos.