Joven mata a su madre y hermana
Joven mata a su madre y hermana pero sólo pasará 20 años en la cárcel: Le reconocieron dos atenuantes
El Segundo Tribunal Oral Penal de Santiago condenó a Carlos Gabriel Venegas Aguilar (24 años) a la pena única de 20 años de presidio por el parricidio de su madre y el homicidio de su hermana, crímenes cometidos en septiembre de 2020 en la comuna de Quilicura, Región Metropolitana.
En fallo unánime, el tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la mañana del 14 de septiembre de 2020, al interior del inmueble familiar, Venegas Aguilar agredió a su hermana Caroline Gisselle y a su madre Esperanza Erika Aguilar Olivares, apuñalándolas y causándoles la muerte.
Además, el tribunal aplicó a Venegas Aguilar las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN.
Los asesinatos
En la investigación y juicio, la Fiscalía Metropolitana Centro Norte expuso que Caroline, de 18 años al momento del crimen, falleció producto de una herida cortopunzante penetrante torácica, y la madre (54), producto de “heridas cortopunzantes múltiples, lesionando cabeza, cuello, extremidades y tórax, lesiones vitales y necesariamente mortales de tipo homicida”.
El ataque a ambas mujeres se produjo después de una violenta discusión con el condenado, quien al parecer actuó bajos los efectos de las drogas.
Luego, el sujeto intentó quitarse la vida dejando abierta la llave del gas, junto con auto inferirse heridas en sus brazos, pero tras ser trasladado a un hospital quedó fuera de riesgo vital.
Las atenuantes
La pena fue dictada por el tribunal con el reconocimiento de dos circunstancias atenuantes al acusado, esto fue la irreprochable conducta anterior y la de haber colaborado sustancialmente al esclarecimiento de los hechos.